GRUPO CLAR N DESEMBOLSAR U$S 634 MILLONES

Preparan transferencia post fusión de acciones de Telecom a Cablevisión

El fondo de inversión Fintech comunicó ayer ante la CNV y la Bolsa de Buenos Aires que aceptó la opción de compra sobre activos de su propiedad realizada por Cablevisión, por u$s 634,2 millones. Esto permitirá a la cableoperadora del grupo Clarín elevar su participación del 33% al 39% en Telecom, una vez concluida la fusión entre ambas empresas.

"Cablevisión Holding adquirió una opción de compra que representan un porcentaje equivalente de 13,51% de Telecom Argentina y cuyo precio es de u$s 634.275.282", precisó la representante legal de Fintech Telecom, Carolina Curzi.

Hasta el 6 de agosto, Cablevisión deberá pagar a Fintech us$ 3 millones en concepto de prima de opción, que podrá ejercer hasta 60 días corridos a contar desde la aprobación del proceso de fusión por entes reguladores.

El precio para la opción de compra será ajustable al 6% anual luego de los 90 días desde el 7 de julio, y se encuentra sujeto a eventuales ajustes por encima de esa tasa.

El acuerdo de fusión alcanzado entre Cablevisión y Fintech (controlante de Telecom) el 30 de junio, prevé que, una vez obtenidas las autorizaciones y cumplido el trámite societario, Telecom Argentina absorberá a Cablevisión y será la continuadora de sus operaciones.

El acuerdo establece que el directorio de la Sociedad estará compuesto por entre once y diecisiete directores titulares e igual número de suplentes, que durarán en sus cargos tres ejercicios sociales.

Asimismo, se informó que las partes se encuentran sujetas a restricciones para la transferencia de sus respectivas tenencias accionarias, incluyendo el derecho de preferencia para la compra de las acciones, y ciertos derechos de acompañamiento (tag along) de cada una de las partes.

También quedó establecido que en tanto una de las partes de accionistas tenga por lo menos una cierta cantidad de acciones en la sociedad fusionada, tendrá un derecho de arrastre (drap along) para requerir que la otra parte venda junto con ella una cantidad de acciones tal que, sumadas a las que venda la parte requirente, represente el 51% de las acciones de las sociedad fusionada.

 

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