Estafas virtuales

Hay nuevas medidas de seguridad para los celulares: ¿qué datos van a pedir las empresas de telefonía?

El Gobierno reglamentó la nueva normativa que obliga a las empresas de telefonía móvil a validar la identidad de sus usuarios para mayor seguridad: ¿Qué datos van a pedir y qué pasa si me dan de baja?

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Luego de que el Gobierno dispusiera un nuevo procedimiento de validación de identidad en celulares para aumentar la seguridad virtual y evitar fraudes, este viernes se reglamentaron los detalles de la norma.

by on ScribdEn una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) aprobada a mediados de esta semana, se aprobó un refuerzo de la seguridad de los usuarios que modifiquen su línea móvil o los datos de esta, además del cambio del chip SIM.

Celulares: el Gobierno dispuso un importante cambio en las medidas de seguridad

Ahora, las compañías móviles deberán realizar una validación de los datos del DNI de cada uno de sus usuarios: las prestadoras deberán tener un registro con nombre, apellido, documento y domicilio de esto.

Esta base de datos, la cual las empresas deberán poner en marcha en un plazo de hasta 60 días a partir de este viernes, apunta a incorporar mecanismos de seguridad en los diversos estadios del trámite de alta o cambio de usuario de telefonía celular para evitar estafas virtuales.

Las prestadoras de servicios móviles deberán tener un registro con nombre, apellido, documento y domicilio de sus usuarios registrados.

Así, se busca reforzar los siguientes procesos:

  • Modificaciones en las condiciones comerciales y/o técnicas de las líneas de telefonía móvil;
  • Cambios de titularidad;
  • Cambio en las condiciones de contratos;
  • Cambios de domicilio;
  • Cambio de SIM (chip).

Ahora, tras la resolución del ENaCom, el Gobierno reglamentó los detalles de la norma a través de la Resolución 263/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de Claudio Julio Ambrosini, titular de la entidad.

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Estafas virtuales: qué datos van a pedir las compañías

En el artículo 3 del reglamento aprobado por el ENaCom para las prestadoras de telefonía móvil, se indica que estas "deberán contar con un sistema de nominación y validación de la identidad de sus usuarios titulares de forma presencial o remota, sea por sí o por terceros, que permita su registración".

Esto implica que las empresas tienen hasta 60 días corridos para implementar estos sistemas de detección de usuarios, servicio que puede ser dado por empresas tercerizadas, siempre y cuando estas cumplan "con los más altos estándares en materia de seguridad".

"Las bases de datos deberán conformarse con información de procedencia legal", protegiendo la información personal, y toda persona -humana o jurídica- podrá requerir a las prestadoras "el listado de líneas de telefonía móvil que éstas tengan registradas a su nombre y, en su caso, pedir la desvinculación de alguna de ellas".

Las compañías móviles deberán realizar una validación de los datos del DNI de cada uno de sus usuarios.

Es por esto que, a los fines de la validación de identidad de una persona humana, se exigirán los siguientes datos personales registrados:

  • Nombre y apellido completos;
  • Número de DNI;
  • Sexo;
  • Fecha de nacimiento;
  • Numero de trámite del DNI;
  • Fecha de emisión del DNI;
  • Extranjeros sin DNI emitido en Argentina:  pasaporte y/o el documento de viaje vigente, especificando el tiempo de permanencia en el país para luego deshabilitar la línea.

Con estos datos, las Prestadoras del Servicio de Comunicaciones Móviles (PSCM) "deberán implementar los mecanismos tendientes a su validación para efectivizar el alta del servicio".

En caso de que una línea móvil no esté vinculada a un usuario validado, las compañías deberán suspender todas las funciones de esta (llamadas entrantes y salientes, envío y recepción de SMS y uso de datos móviles). Se exceptúa el acceso al Centro de Atención Telefónica de la prestadora y a los servicios de emergencia.

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Estafas virtuales: ¿puedo usar mi línea mientras validan mis datos?

Según explicita el artículo 11 de la reglamentación, las prestadoras móviles "deberán impedir el acceso a la casilla de voz de las líneas de telefonía móvil hasta que se encuentre concluido el procedimiento de validación de identidad del usuario".

Una vez cerrado este proceso, los titulares de las líneas deberán comunicarse con las empresas para gestionar el código de acceso al buzón de voz.

Finalmente, en caso de que se modifique algún aspecto comercial o técnico "crítico o sensible" de las líneas celulares, las empresas de telefonía móvil deberán revalidar la identidad del usuario ya sea con sus datos biométricos o con procesos de validación de múltiples pasos.

"Si la identidad del solicitante no puede ser validada, la prestadora deberá proceder a bloquear la línea telefónica móvil" para evitar su uso. En este caso, los usuarios se deberán registrar nuevamente para "retomar la prestación del servicio".

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