Ley de Mercado de Capitales: el Gobierno ya planea el primer round en Diputados

Con el ojo en las Pymes, el oficialismo intentará sumar apoyos para que este miércoles tenga media sanción en la Cámara Baja. Para el Ejecutivo, la reforma es central para que los emprendimientos tengan un nuevo sistema de financiamiento.

Cambiemos, con el respaldo del bloque justicialista y bancadas provinciales, buscará votar este miércoles en Cámara de Diputados el proyecto de ley del Mercado de Capitales, que significará financiamiento productivo las pymes y un mayor impulso al mercado de hipotecas. Desde el Gobierno esperan que la iniciativa obtenga media sanción y sea enviada al Senado.

La conducción del interbloque Cambiemos, a cargo de Mario Negri, decidió debatir en una maratónica sesión que se celebrará este miércoles 22 un conjunto de iniciativas como la reforma del mercado de capitales, de la ley de Defensa de la Competencia y de Compre Nacional.

Para el Gobierno, esta propuesta que envió el martes a última hora es central para que las pymes tengan un nuevo sistema de financiamiento y por eso decidió dar un rápido tratamiento para que se pueda convertir en ley antes de fin de año, aunque la agenda estará enfocada en un extenso paquete económico que incluye las reforma tributaria, previsional, laboral, y el presupuesto.

El oficialismo espera contar, como sucedió cuando se firmó el dictamen de mayoría, con el apoyo del bloque justicialista que responde a los mandatarios provinciales peronistas, de los santiagueños que lideran Gerardo Zamora, de los misioneros y del Movimiento Popular Neuquino.

A diferencia de lo que sucedió en otras oportunidades, Cambiemos duda sobre la postura que asumirá el bloque del Frente Renovador dado que el massismo en los últimos días buscó diferenciarse del gobierno y presentó sus propios dictámenes de minoría con lo cual no esperan que apoyen en general este proyecto.

De todos modos, el oficialismo confía en que tendrá los votos para aprobar este proyecto, que establece que las facturas que emiten las Pymes por sus productos y servicios quedan aceptadas o conformadas automáticamente a los 30 días de emitidas, posibilitando que puedan ser vendidas a través de bancos y/o en el mercado de capitales.

Esto le permite a las pymes acceder a crédito a tasas más competitivas, ya que el riesgo crediticio de la factura está asociado al deudor de la factura y no a la pyme. 

Es un esquema que se ha implementado con mucho éxito en Brasil, Chile y México.

También se fija que la Autoridad de Aplicación y la Comisión de Valores establecerán los procedimientos de negociación y transmisión de esta facturas, pudiendo limitar los mismos a medios electrónicos.

Por otro lado, el proyecto dispone que será nula toda prohibición de endosar, ceder, negociar y/o transferir las facturas de crédito electrónicas mipymes, tanto para quien las acepte como para los sucesivos adquirentes.

Otro punto clave es el que se propone derogar la facultad de la CNV para intervenir en empresas y designar veedores con poder de veto respecto de las decisiones del directorio de dichas empresas como lo establece el artículo 20 de la ley actual.

En cuanto al desarrollo del mercado hipotecario, en la iniciativa se propone que las letras hipotecarias y pólizas de seguro sean ajustables por CER y se introducen una serie de herramientas para facilitar el fondeo de los bancos que otorgan las hipotecas.

Una herramienta muy común de fondeo es la llamada ‘securitización‘, por la cual los bancos venden parte de la cartera de créditos hipotecarios otorgados al mercado de capitales y consiguen fondos frescos para seguir prestando.

Para que este mecanismo funcione con los créditos UVA, que hoy representan 9 de cada 10 créditos hipotecarios nuevos que se dan en los bancos, se necesita asociar cada hipoteca a la llamada ‘Letra Hipotecaria‘.

Otro punto para fomentar el mercado de capitales es que los fondos cerrados no estén gravados por impuesto a las ganancias, sino que sean fiscalmente transparentes y sea el cuotapartista el que pague impuestos por las distribuciones que haga el fondo en función de cómo está gravado el activo subyacente en el que invirtió dicho fondo.
 

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