SI DICTA UNA ACCIÓN DE CLASE, LA RESTRINGIR A LOS JUICIOS YA INICIADOS

Alivio para ANSeS: la Corte descarta un fallo a favor de todos los jubilados

La Corte dejó trascender que tendrá responsabilidad institucional en un eventual fallo en la causa iniciada por el Defensor del Pueblo a favor de los jubilados

La Corte Suprema de Justicia tendrá en cuenta la situación económica del Estado y no ampliará a todos los jubilados un fallo sobre movilidad de los salarios pasivos, lo que había sido pedido por el Defensor del Pueblo.
En todo el mundo, los jueces tienen en cuenta las consecuencias económicas e institucionales de los fallos en las llamadas acciones de clase (que abarcan a un colectivo concreto de personas), aunque esto no se deba hacer en las causas jurídicas individuales, dijo una alta fuente de la Corte al respecto.
Es que está en estudio en el Máximo Tribunal una acción de clase que planteó el Defensor del Pueblo para que se aplique a todos los jubilados afectados por diferencias salariales los antecedentes Badaro, sobre movilidad jubilatoria, y Elliff, sobre actualización de los salarios que son tomados de base para el calculo de su haber jubilatorio inicial.
La Corte, por su parte, estudia si acepta o no la legitimación del Defensor del Pueblo para representar a todos los jubilados. En la Argentina, el Tribunal nunca avaló una acción de clase con contenido patrimonial, porque se considera que es un derecho que debe ejercer su titular individual.
De todos modos, para algunos ministros de la Corte habría una posibilidad de fallar a favor de la acción de clase en el caso de los jubilados, siempre que se acote esa clase. O sea, que en ningún caso se abarcaría en la misma a todos los trabajadores pasivos.
Una posibilidad de clase para un eventual fallo favorable de la Corte incluiría a los alrededor de 300.000 jubilados que ya tienen iniciado un juicio contra la ANSeS invocando los antecedentes Badaro y Elliff. Así se lograría descongestionar los tribunales del fuero en la Seguridad Social que está colapsado.
Para el resto de los jubilados que podrían beneficiarse con la aplicación de esos antecedentes, la Corte pretende que sigan iniciando juicios uno por uno, pero que a la vez la ANSeS se comprometa a no apelar y pagar los fallos en su contra que sean dictados en primera instancia con arreglo a esos casos Badaro y Elliff.
Además, esos 300.000 causas podrían reducirse a 200.000, ya que la ANSeS dijo en sus recientes informes a la Corte que existiría una sobrelitigiosidad, con un porcentaje importante de casos en los que cuando se llega a la liquidación judicial definitiva, resulta que no hay ninguna diferencia con la respectiva liquidación por parte de la ANSeS.
A raíz de esa información, ministros de la Corte le sugirieron al titular de la ANSeS, Diego Bossio, que el organismo previsional haga en el expediente administrativo con el cual se inicia todo el proceso litigioso, una liquidación detallada de lo que le corresponde a cada jubilado por actualizaciones aplicando los fallos Badaro y Elliff.
Por otra parte, la fuente consultada dijo que los ministros de la Corte no cuestionan las decisiones políticas sobre el uso de los recursos de la ANSeS, como el pago de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o las inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad que se armó con los fondos provenientes de la estatización de las AFJP.
Además, aseguraron que la Corte tiene en claro que las jubilaciones no se pagan sólo con aportes de trabajadores activos, sino que el 50% es abonado con los impuestos generales.

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