DESAPARECER N LOS FORMULARIOS EN PAPEL QUE AÚN SUBSISTEN

AFIP quiere que en julio toda la certificación electrónica de los cereales sea obligatoria

Algunas operaciones de la cadena granaria hoy son electrónicas en forma obligatoria y otras de manera optativa. Desde julio la AFIP se asegurará el control completo

La AFIP quiere que a partir de julio sea obligatoria la certificación electrónica de toda la cadena de comercialización de granos, lo que le dará a la AFIP una trazabilidad completa de todas las operaciones desde la carga de la mercadería en el campo hasta la venta por el acopiador.


Hoy ya es obligatoria la generación electrónica de la documentación para una parte del recorrido de los granos, y para la otra está vigente la informatización en forma optativa, por lo que conviven certificados en papel y electrónicos.


Este cierre de la trazabilidad electrónica en el agro coincidiría con la generalización de la factura electrónica para el resto de las actividades.


En una reunión que mantuvieron hace unos días técnicos de la AFIP con productores, acopiadores, cooperativistas, exportadores y otros actores de la cadena granaria se informó la intención del organismo de finalizar con el período de convivencia de los sistemas electrónicos y papel en el mes de junio 2015. Los técnicos no especificaron la fecha pero los empresarios solicitaron que sea a fines de junio, informó el estudio Chiaradia, Zabala & Asoc.


De todos modos, darían un período de tiempo estipulado para finalizar con la migración de papel a electrónicos de los formularios 1116/A (certificado de depósito de grano), tal como hizo la AFIP con las facturas sin CAI de los monotributistas.


Cuando el grano se carga en el camión en el campo, se emite la carta de porte, el único documento que subsistirá en papel, y simultáneamente el Código de Trazabilidad de Granos (CTG) que es electrónico, pero que hasta ahora era algo nominal, ya que lo continuaban certificados en papel para la descarga, retiro o transferencia, y la AFIP perdía de vista parte de la operación. Ahora, todo estará obligatoriamente informatizado y la trazabilidad será un hecho.


Luego, si no se vende, se produce la Liquidación Primaria de Granos (LPG), que ya es electrónica, o si va al acopio para venta o consignación, la Liquidación Secundaria de Granos (LSG), que también contará con un Código de Operación Electrónica, explicó Marcelo Maroevich, vicepresidente de la Comisión de Impuestos en la Actividad Agropecuaria del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.


Por la certificación electrónica de granos, no podrá haber errores en la confección de los CTG, ya que no se permite hacer la liquidación, y por lo tanto, ningún pago, sin el certificado de descarga electrónico. Y no se permitirá más una liquidación parcial sin descarga, puntualizó Maroevich.


A raíz de esto, en la reunión con la AFIP se dijo que hasta fin de año se admitiría que, en caso de detectar errores posteriores a la confirmación definitiva del CTG, se pueda enviar el detalle del inconveniente al organismo, para que investigue y haga la corrección del documento electrónico si corresponde.


También se comentó que ya se encuentra habilitada la LPG Anticipo. La misma no cuenta con deducciones, debido a que cuando se emite no hubo entrega de mercadería aún y por lo tanto no existe certificado de granos. Una vez que se efectúa la entrega, se debe emitir un "Ajuste de Anticipo" que tendrá las mismas características que una LPG, contando con deducciones e informando en la misma el número del certificado correspondiente.

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