ADEM S, IMPULSAN PRISIÓN PARA QUIENES ARMEN SISTEMAS DE FACTURACIÓN APÓCRIFOS

Nuevo Código agrega penas a empresas por enriquecimiento ilícito y testaferros

El texto incluye la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se establecen multas de hasta 180 días de facturación para evitar su desactualización

El anteproyecto de un nuevo Código Penal que el Poder Ejecutivo tiene en evaluación prevé que también las empresas puedan ser sancionadas por participar en esquemas que impliquen los delitos de enriquecimiento ilícito o utilización de testaferros. Además, la iniciativa crea un nuevo delito, el de utilización de sistemas de facturación apócrifos con fines de evasión, por el que podrán ser penadas personas físicas o jurídicas con multas o prisión.


Estos planteos se enmarcan en la decisión de incluir en el texto la responsabilidad penal de las personas jurídicas, novedad propuesta por la comisión de juristas y legisladores que trabajó en la iniciativa y detallada ayer por El Cronista.


El anteproyecto, que el Gobierno aún no decidió enviar al Congreso, incorpora a las empresas en el capítulo sobre Incremento Patrimonial No Justificado de Funcionarios y Empleados Públicos, y establece que puedan ser alcanzadas por las penas por Incremento Patrimonial No Justificado (también conocido como enriquecimiento ilícito) y Persona Interpuesta para Disimular Incremento Patrimonial, con multas de 30 a 180 días de facturación.


El sistema de días-multa que contempla el texto reemplazaría el criterio del Código actual, que establece montos de dinero que suelen quedar desactualizados con el paso del tiempo. Para sortear ese inconveniente, el anteproyecto dispone multas de entre cinco y 720 días de facturación para el caso de las personas jurídicas, con un tope: un día de multa no puede superar el valor de un salario mínimo, vital y móvil ni superar un tercio de los ingresos del sancionado. A valores actuales, la multa máxima sería de $2,6 millones.


Además, el anteproyecto sugiere crear el delito de Utilización de Programa o Sistema Destinado a Emitir Comprobantes Apócrifos o Reflejar una Situación Diferente de la Real, es decir, facturación trucha con fines de evasión. Por ese hecho podrán ser sancionadas personas jurídicas o físicas, para quienes el texto dispone penas de prisión de uno a cuatro años. Y, también dentro del título sobre Delitos Contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, propone subir las penas mínimas para quienes sean encontrados culpables del delito de Obtención Fraudulenta de Beneficios Fiscales.


Esta información surge del cuadro comparativo que difundió en su blog el coordinador de la Comisión para la Reforma del Código Penal, el doctor Roberto Carlés. Ese es, hasta ahora, el documento más preciso sobre el anteproyecto, dada la demora del Poder Ejecutivo en difundir oficialmente el texto.


La comisión redactora estuvo presidida por el juez de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni; e integrada por el jurista León Arslanian; el ex diputado radical Ricardo Gil Lavedra; el jefe del bloque de diputados del PRO, Federico Pinedo; y la ex diputada socialista María Elena Barbagelata. Ellos propusieron que, además, las empresas puedan ser penalmente responsables por los delitos de utilización de información privilegiada; manipulación del mercado y oferta engañosa; y registro irregular de operaciones financieras, entre otros casos.

Temas relacionados
Más noticias de Código Penal

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés