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Pandora Papers: los planes de la UIF contra los dueños de empresas offshore

El escándalo internacional que involucra a unos 2500 argentinos motivó la puesta en marcha de mecanismos para detectar quiénes son los beneficiarios finales sociedades con las que se busca evadir impuestos o blanquear dinero ilícito.

Ante la irrupción de miles de documentos que prueban la vinculación de más de 2500 argentinos con sociedades registradas en "paraísos fiscales", en los llamados Pandora Papers, un organismo especializado del Estado tomó cartas en el asunto y prevé iniciar acciones para desentramar la presente evasión impositiva y el lavado de activos provenientes de actividades ilícitas.

La Unidad de Información Financiera (UIF) está trabajando en la elaboración de normas que permitan unificar criterios de "definición, interpretación y alcance en la identificación de los beneficiarios finales" respecto de la obligaciones que tienen ante la ley argentina. 

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Entre los sujetos obligados se encuentran las entidades financieras y cambiarias, agentes y sociedades de bolsa, personas físicas o jurídicas que actúan como administradores, fiduciarios, intermediarios o agentes de fideicomisos

Fuentes gubernamentales confiaron que la UIF, a cargo del abogado Carlos Cruz, está evaluando mecanismos para "individualizar" quiénes son los verdaderos dueños de las personas o estructuras jurídicas que resultan clientes de los sujetos obligados, y que fueron revelados a través de la investigación promovida por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ).

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El organismo antilavado considera que esto contribuirá a analizar información sobre los entramados societarios como, por ejemplo, de empresas offshore cuyos beneficiarios finales hoy son desconocidos.

El titular de la UIF, Carlos Cruz.

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Hasta el momento, la UIF cuenta con definiciones de beneficiario final para cada Sujeto Obligado. A estos efectos, el organismo tiene presente el criterio propuesto por el estándar internacional derivado de la Recomendación 24 y 25 para las personas y estructuras jurídicas, respectivamente, del GAFI, la mesa internacional de unidades antilavado. 

Las mencionadas normas disponen que los países deben tomar medidas para el lavado de activos o el financiamiento del terrorismo. Cada Estado debe considerar medidas para facilitar acceso a la información sobre el beneficiario final y el control por las instituciones financieras.

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