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El blanqueo por dentro: figura polémica y premio para contribuyentes cumplidores

El proyecto para impulsar la declaración voluntaria del ahorro argentino no exteriorizado se envió al Congreso con un punto original, alineado a la norma que rige en Estados Unidos

Tras haber firmado el acuerdo de cooperación fiscal automática con Estados Unidos cuatro meses atrás, el ministro de Economía, Sergio Massa, envió al Congreso el proyecto de "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado", que comprenderá a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con bienes y activos financieros no declarados ante la AFIP.

La iniciativa que comprenderá la declaración de tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes muebles e inmuebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos), incorporó una figura inédita y polémica: la del "colaborador".

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La propuesta que ingresará por Diputados, según indicaron fuentes cercanas a Economía, le permitirá tanto a personas como a sociedades declarar bienes que estén ubicados en el país o en el exterior, a un costo que varía según el momento de la declaración y con beneficios impositivos.

Para las declaraciones en los primeros 4 meses posteriores a la entrada en vigencia el costo es del 5%, los siguientes 4 meses la alícuota asciende a 10% y, en los últimos 4 meses a 20%, a lo largo de 12 meses, desde que entre en vigencia la norma.

Un nuevo botón para denuncias

Aunque en muchos puntos la nueva herramienta para exteriorizar fondos no declarados resulta tradicional, el nuevo documento generó un nuevo acceso a información para detectar evasión.

Se trata de la figura del colaborador que contempla la posibilidad de otorgarle una recompensa en función del importe que se logre recaudar a partir de los datos que aporte.

"La figura, que existe en otros países como Estados Unidos, a nivel local se intentó en otros proyectos, pero no prosperó", contó Fernanda Laiun, especialista en impuestos y socia del estudio LFS tax.

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"El ejemplo que probablemente haya inspirado al Gobierno es el del IRS -Servicio de Impuestos Internos- de EE.UU., que es uno de los pocos en el mundo que garantiza tanto anonimato como recompensas que están como mínimo en el 15% y como máximo en el 30%, es decir que es más generoso que lo que propone el fisco argentino en el proyecto", agregó Maximiliano Batista, socio fundador de MHR Legal.

Entre los casos que han dado la vuelta al mundo, recordó el de Bradley Birkenfeld, que denunció a varios millonarios por evasión fiscal, pero el único que fue a la cárcel fue él mismo, ya que había participado en la maniobra.

Sin embargo, cuando fue liberado, recibió un premio del IRS de más de 100 millones de dólares por su denuncia.

Además, contó que en Francia también hay un sistema de recompensas por denunciar el fraude fiscal, en proporción al monto cobrado por el fisco, con un máximo de recompensa de un millón de euros. 

En relación al beneficio para quien oficie de colaborador, Laiun explicó que se negociará en cada acuerdo; "puede llegar a ser del 20% de lo que la AFIP efectivamente recaude o el 5% de los bienes exteriorizados, lo que resulte mayor", precisó.

Se trata de uno de los puntos más controvertidos que se incorporará en el Régimen Penal Tributario: "el Acuerdo de Colaboración el cual constituye un mecanismo para que la AFIP obtenga información de cualquier sujeto residente o no, en la Argentina, que le permita la detección y/o localización tanto de bienes no declarados, en el país y/o en el exterior, como de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en el presente Régimen Penal Tributario".

Según precisa el texto, bajo la órbita de la AFIP y el Ministerio de Justicia, "cualquier sujeto residente o no, en la Argentina estará legitimado para presentar una solicitud de inicio de un Acuerdo de Colaboración".

En cualquier caso las personas deberán aportar pruebas fehacientes, tendrán una recompensa monetaria y no podrán difundir a terceros esta información; todo en un marco de inmunidad y, si aportan datos falsos, podrán recibir penas de prisión.

Cumplidores 

En tanto, como contrapartida, los contribuyentes cumplidores, "gozarán de los beneficios que a tales fines establezca la reglamentación, conforme la condición tributaria que revistan", describe el documento.

"Se entenderá como contribuyente cumplidor a aquellas/aquellos que, al momento de la entrada en vigencia de la presente ley no registren incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como así tampoco, en el caso de corresponder, del pago de las obligaciones tributarias de los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2020", refiere.

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