Reglamentaron la ley de promoción de economía del conocimiento

El decreto que reglamentó el régimen promocional que otorga beneficios tributarios a actividades, desde los servicios profesionales hasta la nanotecnología, impuso límites estrictos para tomar los servicios como parte de la actividad principal.

El Gobierno reglamentó la Ley de Economía del Conocimiento busca promocionar actividades que apliquen el uso de la informatización y de avances de la ciencia y la tecnología, para producir bienes, prestar servicios o mejorar procesos.

La ley tiene vigencia hasta 2029 y viene a reemplazar la Ley de Promoción de la Industria del Software que vence a fin de año, lo que preocupa a este sector.

El Decreto 708/2019, publicado hoy miércoles en el Boletín Oficial, puntualiza ciertos aspectos de la ley que preocupaban a los especialistas, pero faltan más especificaciones que deberán ser establecidas por resoluciones de la AFIP para que tenga plena vigencia.

Entre los beneficios, el más valorado por las empresas es el de la estabilidad fiscal. También se suman otros en impuestos nacionales, contribuciones patronales y un incentivo adicional consistente en un bono de crédito fiscal transferible por única vez.

Si bien estos beneficios están previstos sólo para personas jurídicas, las microempresas con antigüedad menor a 3 años deberán acreditar que desarrollan en el país, por cuenta propia y como actividad principal, alguna de las actividades previstas para adherir. Así, las personas humanas tienen un tratamiento preferencial cuando inicien la actividad bajo la figura de una sociedad.

Para los servicios profesionales, sólo aplicarán como parte de la actividad principal cuando 70% de la facturación total, o 45% para pymes, sea la exportación de esos servicios. Se considera actividad principal aquella que explica 70% de la facturación.

Respecto de la capacitación de empleados, se establece que se podrá tomar como parte de las actividades que aplican para obtener los beneficios cuando los gastos representen al menos 8% de la masa salarial bruta. El decreto excluye algunos regímenes especiales de la Ley de Contrato de Trabajo.

Las ventas respaldadas con factura E deben representar 13% como mínimo de la facturación total anual por actividades promovidas, para considerar cumplido el requisito sobre exportaciones para bienes o servicios.

Las actividades de investigación y desarrollo se considerarán cuando los gastos destinados a ellas sumen al menos 3% de la facturación total anual. Podrán ser llevadas a cabo por los propios beneficiarios o con organismos públicos, universidades o institutos de ciencia y tecnología públicos.

Profesionales, en el centro del reglamento de economía del conocimiento

La Ley de Economía del Conocimiento promueve diversas actividades, que conllevan innovación o exportaciones. La norma aún debe ser reglamentada, y los especialistas vienen sugiriendo ciertos aspectos a tener en cuenta a las autoridades para que no se desvirtúe.

 

Para la inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, el Ministerio de Producción y Trabajo debe dictar las formas y condiciones. Además, la empresa debe acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la ley en los últimos 6 meses previos a la solicitud.

También para el bono de crédito fiscal, la AFIP debe emitir normas complementarias para la registración y utilización de los mismos por única vez una vez al mes, bajo condiciones de transparencia.

Los beneficiarios la Ley de Software tendrán que manifestar su voluntad de continuar en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento con una solicitud de adhesión que diseñará el Ministerio de Producción y Trabajo.

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