Ganancias, planes de pago y beneficios a pymes: claves de las medidas de AFIP

Para moderar el impacto de la cuarentena en la actividad, el Fisco prorrogó un vencimiento importante de Ganancias, duplicó la cantidad de planes de pago que las empresas pueden tener en simultáneo e introdujo facilidades para financiar el pago del IVA diferido.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso una serie de medidas dirigidas a relajar el fuerte estrés financiero causado por la cuarentena del coronavirus en el sector privado, que establecen una prórroga en un vencimiento del Impuesto a las Ganancias, flexibilización en los planes de pago permanentes y más beneficios para pymes.

Tal como anticipó El Cronista, el Fisco prorrogó el vencimiento de Ganancias hasta fin de mes para las firmas con cierre de ejercicio en diciembre, que, según estiman tributaristas, alcanzan el 80% del universo empresarial.

También amplió la cantidad de esquemas de facilidades de pago que puede tener una compañía en simultáneo, removió el scoring de riesgo y habilitó el ingreso del saldo del IVA diferido a los planes de pago.

A continuación, las claves de todas las medidas adoptadas a través de la resolución general 4714/2020 publicada en el Boletín Oficial.

 

Ganancias y otros vencimientos
  • Se prorroga el vencimiento de la presentación de declaración jurada y del pago de Ganancias para empresas que cierran su ejercicio en diciembre, previsto entre el miércoles y el viernes, según número de CUIT. Ahora serán el 26 y el 27 de mayo.

  • La presentación de la declaración jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal de abril de 2020 se concentró en los días 20, 21 y 22 de mayo.
  • Se prorrogó un mes la fecha límite presentación de los estados contables de aquellas empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre de 2019. Operaba para el 29 de mayo y ahora será el vencimiento será el 30 de junio.

 

Facilidades de pago
  • Se duplicó la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes en simultáneo de tres a seis para todas las empresas que no tengan certificado Mipyme. Para aquellas que lo tengan, el límite sigue siendo 10.
  • Para determinar si las empresas pueden financiar el saldo de las DDJJ de Ganancias y las cuotas, el Fisco no considerará hasta el 30 de junio el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper), el scoring con el que se clasifica a las empresas según su cumplimiento tributario.

 

 

  • Las empresas adheridas al IVA diferido, esquema que permite pagar este tributo sobre la facturación mensual 60 días después, podrán incluir el saldo en sus planes de facilidades de pago permanentes

 

 

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