RESUMEN DEL 1º AL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016

Principales disposiciones legales

En este último período las principales disposiciones legales fueron: las principales disposiciones legales fueron: en materia de "SINCERAMIENTO FISCAL" la RG. 3935 modifica la RG. N° 3.920 de Regularización excepcional de obligaciones tributarias y de la seguridad social, incorporando el inciso m) al Art. 2, referido a las obligaciones de DDJJ originales de ganancias y bienes personales, que se presenten con posterioridad al 31.05.16, por períodos fiscales vencidos a dicha fecha, en as cuales se declaren bienes o tenencias exteriorizados en períodos anteriores o cuya adquisición se hubiere producido con fondos o la realización de otros bienes o tenencias oportunamente declarados, y el incisos c) y d) del Art. 14, referidos a los casos de reclamado de intereses resarcitorios, que por el artículo 56 de la ley resulten condonados, y el segundo inciso referido al caso de que el capital demandado se canceló con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, y los intereses resarcitorios y punitorios quedan condonados Asimismo se sustituyen los Arts. 12 referido a deudas en ejecución judicial y la expresión de voluntad de acogimiento en los casos de homologación del acuerdo o conclusión de la quiebra, el artículo 36 sobre adhesión al régimen de regularización implicando el reconocimiento de la deuda incluida en los planes de facilidades de pago y la interrupción de la prescripción de las acciones y poderes del Fisco y en el 37 respecto a los funcionarios competentes de AFIP que estarán dispensados de formular denuncia penal contra aquellos responsables que regularicen las obligaciones respecto de los delitos previstos en la Leyes 23.771 y 24.769 señalando que también resultará aplicable respecto de la formulación de denuncias contra quienes hayan cancelado tales obligaciones con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la ley y en el "RÉGIMEN PREVISIONAL" la R. 298 (ANSES) aprueban los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31.08.16 y establece el valor de la movilidad (correspondiente al mes de septiembre de 2016 que será de 14,16%, fijando los valores del haber mínimo y máximo garantizado y las bases imponibles mínima y máxima y PBU y la R. 299 (ANSES) establece el valor de la movilidad correspondiente al mes de septiembre de 2016, en el 14,16%; los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales, descriptas en los Anexos I, II, III, IV, V y VI de esta resolución.
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