Messi a juicio por fraude en España: piden 2 años de prisión

El jugador del Barcelona y de la selección argentina será juzgado, pese a que la fiscalía había considerado que el astro era ajeno a los manejos de su progenitor.

El titular del juzgado de primera instancia número 3 de Gavá (Barcelona) dictó auto de apertura de juicio oral por el que sentará en el banquillo de los acusados al futbolista del FC Barcelona Lionel Messi y a su padre, Jorge Horacio Messi, acusados de tres delitos contra la hacienda pública española.

El juez envía a juicio a Messi porque el abogado del Estado mantuvo su escrito de acusación contra el astro futbolístico en el que le considera, en contra de lo que opina el fiscal, ‘coautor‘ de los tres delitos con su padre por defraudar 4,1 millones de euros a Hacienda.

El abogado del Estado solicita para Messi y para su padre la imposición, para cada uno de ellos y por cada uno de los tres delitos, de siete meses y quince días de prisión, multa del tanto de lo defraudado y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o incentivos fiscales durante un año y medio.

El juez considera que “existen elementos que permiten afirmar tanto que los hechos objeto de procedimiento y por los que se formuló su acusación son constitutivos de varios delitos como que existen indicios racionales de criminalidad respecto a ambos acusados”.

Aunque el fiscal presentó escrito de acusación sólo sobre el padre de Messi, para el que solicita 18 meses de prisión, el juez emplaza de nuevo al fiscal para que pueda presentar en 3 días, “si lo estima procedente”, un nuevo escrito de acusación contra el futbolista.

El juez no dicta ninguna medida cautelar ni fija ninguna fianza para los dos acusados, ya que ambos mostraron “colaboración” en el procedimiento judicial y abonaron voluntariamente la totalidad de las cuotas presuntamente defraudadas.

También señala en su auto que “el carácter público de los acusados dificulta en extremo que pudieran sustraerse a la acción de la justicia”, además de que “son conocidas las personas y entidades de las que obtienen sus ingresos, lo que reduce en gran medida el riesgo de insolvencia”.

 

FUENTE: AGENCIAS Cataluña

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