AFIP y el trabajo no remunerado que hacen los contribuyentes

Permanecen vigentes tareas que obligatoriamente deben ser cumplidas por los contribuyentes, en forma gratuita, que son ordenadas por los distintos fiscos. Cuáles son.

En Argentina, no basta con tener que pagar impuestos, todavía quedan resabios de diversas tareas que son delegadas por la AFIP y que tienen que ser cumplidas por los contribuyentes. Constituyen pesadas cargas administrativas que no son remuneradas, distraen tiempo y dinero y deben ser afrontadas por las empresas.

Está claro que un país no puede vivir sin impuestos, el canto de sirenas que se escucha localmente, exacerbado en época de elecciones, suponiendo que un país pueda vivir sin Estado, es una verdadera utopía. Parece tentador que todas las regulaciones desaparezcan, de un día para el otro; sin embargo, la ausencia absoluta de ellas constituiría un caos en la convivencia económica, producido por la anarquía normativa.

Las posiciones extremas absolutas no sirven, el exceso de trámites es malo, una empresa no debería llevar más tiempo de 48 horas en crearse; pero la ausencia total de los controles también lo es, el Estado tiene que vigilar que la actividad que se proponga desarrollar sea lícita y que luego se transite por los circuitos formales de la economía.

Las liquidaciones pro forma, que fueron implementadas en el último tiempo por los diferentes organismos fiscales, ayudan a reducir en parte la tarea de los contribuyentes. Las facturas electrónicas; la unificación de las liquidaciones simplificadas del Monotributo nacional con el provincial; los libros digitales del IVA y de los sueldos; los trámites virtuales que aumentaron por efecto de la pandemia van en la dirección de simplificarles las cosas a las empresas y a las personas.

Sin embargo, todavía no estamos en el paraíso, aún permanecen vigentes tareas que obligatoriamente deben ser cumplidas por los contribuyentes, en forma gratuita, que son ordenadas por los distintos fiscos. 

A consecuencia de la larga cuarentena y del nuevo escenario pos pandemia muchas empresas, a pesar de evitar cerrar, tuvieron que reducir su personal, siendo la parte más afectada el área administrativa de las empresas. Al tener que ajustarse el presupuesto laboral, es lógico que se empiece la poda por el sector administrativo, que es el que se encuentra más alejado del bien o servicio que se fabrica y comercializa. Esta disminución de empleados en esa área provocó una sobrecarga de trabajo que recae en los empleados que permanecen trabajando en la empresa. Dentro de las tareas administrativas, un tiempo importante lo ocupa las que se encuentran vinculadas con el cumplimiento de los deberes formales y materiales tributarios que se exigen.

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Segmentando a la empresa por sectores, es más fácil observar las tareas fiscales que deben cumplirse diariamente. Muchas de ellas no significan un aumento que se ve reflejado directamente en la recaudación tributaria, ya que no tienen que ver con el simple pago de los impuestos. Las empresas cumplen con tareas que deberían ser realizadas por los organismos que dependen del Estado, que poseen personal calificado y medios técnicos para poder hacerlas. 

Sintetizando, el Estado traslada trabajo de control y de recaudación a los contribuyentes generándoles pérdida de tiempo, mayores costos y sanciones cuando no puedan ser cumplidos en tiempo y forma.

ejemplos de tareas delegadas por el Estado y que deben ser cumplidas por los contribuyentes:

  1. Control de los comprobantes que se reciben: las empresas reciben diariamente comprobantes de sus proveedores. Además de controlar que cumplen con todos los requisitos exigidos por las diferentes normas, tiene que verificarse el estado de cumplimiento fiscal del proveedor. Además de visitar la página Web de la AFIP para constatar que el contribuyente se encuentra activo con la constancia de inscripción, debe controlarse que el comprobante no se encuentra dentro del listado de apócrifos elaborado por la AFIP. Si es un proveedor Monotributista tiene que revisarse que no haya excedido el tope de ingresos máximo que permite el régimen, en las operaciones realizadas del último año entre ambas partes. La sanción que cabe es la impugnación de la deducción del gasto y del cómputo del crédito fiscal de los comprobantes viciados. En este punto hay que tener presente que no es lo mismo un comprobante inválido que otro apócrifo. El primero no cumple con algún requisito formal y las diferentes normas, a los efectos de su validez, permiten que se demuestre que la operación existió. El segundo intenta simular la existencia de una operación falsa y constituye una defraudación dolosa.
  2. Regímenes de recaudación de todos los impuestos: tanto a nivel nacional como provincial existen numerosos regímenes de retención en los pagos que se efectúan a los proveedores y de percepción por las facturas que se emiten. Al recaudar las retenciones y percepciones los contribuyentes funcionan como verdaderas ventanillas de cobro de los fiscos. Otro inconveniente financiero y en algunos casos económico, está reflejado en el mantenimiento de saldos a favor que tardan en recuperarse, sin el reconocimiento de la inflación, o no se recuperan significando un costo adicional.
  3. Controles sobre los clientes: previamente a facturar debe controlarse la vigencia de la constancia de inscripción del cliente, hay una norma de la AFIP que lo obliga. En el desarrollo de una actividad comercial el Estado es el que debería controlar que las partes intervinientes se encuentran correctamente habilitadas a poder actuar.
  4. La administración de los recursos humanos: el cobro del impuesto al trabajo (Ganancias) se transformó en un mecanismo de "ingeniería fiscal", que le resta mucho tiempo a las empresas. Este año los sistemas, ante los cambios, tuvieron que modificarse tres veces. Las oficinas de recursos humanos se transformaron en sucursales impositivas de la AFIP, para facilitar la recaudación del impuesto. A más complejidad más posibilidades de cometer errores en los cálculos de las retenciones, que implican sanciones para las empresas y también para los trabajadores que son los sujetos del impuesto a pesar de que no intervengan y de desconocer lo que hace su agente de retención.
  5. Uso de medios de pago: una ley (25.345) del año 2001, que aún se encuentra vigente, obliga a realizar todos los pagos superiores a mil pesos (diez dólares actuales y antes mil dólares) utilizando únicamente los medios de pago previstos. La idea es que todas las operaciones se bancaricen y de esta manera desemboquen en el pago del impuesto al cheque. Como ocurre en casi toda la materia tributaria, la inflación no es reconocida y eso produce que haya más burocracia obligando tener que hacer un cheque o transferencia bancaria por pagos a partir del importe de $ 1.001. El hecho de no haber realizado el pago como lo establece la ley, imposibilita que el contribuyente pueda demostrar la veracidad de la operación, con las implicancias impositivas que se producen. Otra ley (11.683), en sentido contrario, le permite al contribuyente que abonó en efectivo poder demostrar que la operación existió.
  6. La complejidad del comercio exterior: a pesar de que el comercio exterior debiera estar fomentado por el Estado, ya que permite que ingresen dólares que son tan escasos en nuestro país, existen muchas regulaciones que deben cumplirse. Hay percepciones en la Aduana al importar un bien, salvo que sea un bien de uso; si se importa un servicio tiene que ingresarse el IVA dentro de los 10 días de generado el hecho imponible a pesar de que en el mes siguiente se compute como un crédito fiscal; deben realizarse retenciones a los pagos por ganancias de fuente argentina que se les efectúan a los residentes del exterior; hay que cumplir con requisitos formales para mantener la inscripción en la Aduana como exportador e importador y hasta se llega al ridículo de gravar con ingresos brutos a las exportaciones en alguna provincia.
  7. Cumplir con regímenes de información: a pesar de que el gobierno anterior había empezado con una mínima reducción de algunos regímenes de información, todavía siguen muchos que están vigentes y afectan a todos los sectores de las empresas. Estas tareas son obligatorias, la falta de cumplimiento dan origen a sanciones que pueden ser aplicadas. No implican el pago de impuestos, es información que recibe la AFIP para cruzar datos.

Partiendo de la premisa que un país necesita de impuestos razonables, existe otra verdad que es igualmente cierta, se refiere a que la mochila que llevan los contribuyentes debe ser vaciada de los trámites que generan mayores costos y pérdida de tiempo. Esta tarea debería ser realizada por los propios organismos fiscales, que tienen personal capacitado y que cuentan con la última tecnología. Es necesario airear la actividad económica, desregulando también se ayuda a los contribuyentes. 

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