Cómo siguen los programas de ayuda del Estado y de dónde saldrán los recursos

El Gobierno anunció que los programas de asistencia que fueron desplegados por la crisis sanitaria, que se suman a los 25 tipos de planes que actualmente se encuentran vigentes, continuarán una vez que finalice la pandemia.

El Gobierno anunció que los programas de asistencia que fueron desplegados por la crisis sanitaria, que se suman a los 25 tipos de planes que actualmente se encuentran vigentes, continuarán una vez que finalice la pandemia. Para el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) llegará una tercera tanda de ayuda durante el mes de agosto y es probable que luego continúe bajo otro formato, pudiendo limitarse a menos personas y exigiendo alguna contraprestación laboral. El programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, continuará en la cuarta etapa y se aprobarán créditos para el pago de salarios. Continuará el diferimiento o reducción de una parte de las contribuciones patronales, destinada al Sistema Previsional Argentino (SIPA), para los sectores afectados por la crisis económica. Los créditos a tasa cero, siguen hasta fin de mes y es probable que se renueven, para que la ayuda les llegue a los Monotributistas y Autónomos, que quedaron afuera de los programas anteriores. Todo esto está muy bien, pero del otro lado de la ecuación falta definir cómo se van a financiar todos los programas. Desmalezando las fuentes de recursos posibles, los fondos podrían provenir de:

1) La emisión monetaria, que en la actualidad es la más alta de los últimos 30 años, es la creación de moneda para que el Estado, las empresas y las familias puedan utilizarla en sus transacciones. Tiene por finalidad inyectar liquidez en la economía para facilitar las operaciones comerciales de los actores económicos. El dinero sirve como unidad de cuenta, para poder establecer el precio de los bienes; como medio de cambio utilizado en los pagos y cobros y como depósito de valor en sí mismo. La circulación monetaria determina el nivel de los precios, puede ayudar al crecimiento económico, pero el exceso de circulación da como resultado una mayor inflación. Este mecanismo es el que se está utilizando ahora, está casi en el límite de lo posible, la olla a presión está sobre el fuego con un final incierto.

2) El endeudamiento, es otra manera de financiamiento. El país está en proceso de negociación con los acreedores, punto que también está con un final abierto. Es otro camino cerrado para lograr financiamiento para la ayuda por la que está comprometido el Estado.

3) Las cuasimonedas, que son una manera de endeudamiento del Estado, es otra posibilidad focalizada a poder solventar los planes de ayuda de la pandemia e incluso los anteriores. Si bien son títulos públicos, funcionan como moneda permitiendo a las personas que los reciben poder darles circulación en sus consumos intermedios y finales. El Estado (nacional y provincial), de la misma forma que ocurrió por la crisis del 2001, luego los recibe a valor nominal permitiendo que los comercios y empresas puedan pagar sus impuestos nacionales y provinciales. Cada provincia los emitiría de acuerdo con su necesidad y podrían ser destinados al pago de todos los programas de ayuda que ofrece el Estado, descomprimiéndose de esta manera al “peso que de esta forma estaría cubierto con un paraguas frente al peligro de la inflación futura y dejaría de ser cada vez más rechazado por los actores económicos.

Sintetizando, la ayuda que requieren todos los programas se financiaría con deuda interna, dejando de lado la externa que está cerrada y la peligrosa emisión monetaria que nos llevará a mayor inflación en el futuro cuando se despierte el consumo retraído. Otro beneficio que habría sería que no existirían las limitaciones en el otorgamiento de los programas de ayuda, y de esta manera la salida podría ser más rápida.

Programas de ayuda de la pandemia:

1) Ingreso Familiar de Emergencia (IFE): Está destinado para trabajadores informales y monotributistas de las primeras categorías. Alcanza a trabajadores informales; trabajadoras de casas particulares; Monotributistas sociales y de las categorías A y B. Se pone como requisitos: ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años; tener entre 18 y 65 años de edad. Adicionalmente, se exige que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de: un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos; cobrar una prestación de desempleo; jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; percibir planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales. El IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar. El monto del IFE es de $ 10.000 y lo cobra solo un integrante del grupo familiar, priorizando a la mujer.

2) Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP): Este programa está destinado a empleadoras y empleadores de cualquier empresa privada, sin importar el tamaño. Ahora tendrá un nuevo funcionamiento, se destinará para el pago de sueldos, el Estado pagará hasta 1.5 Salario Mínimo Vital y Móvil ($25.312) por empleado a las empresas cuya facturación de junio 2020 haya caído frente al mismo mes de 2019.Para el pago de los sueldos de julio, podrán acceder todas las empresas sin importar la zona en la que estén radicadas. Las PyMES y empresas grandes que realicen actividades consideradas críticas como turismo, entretenimiento, cultura, salud y deportes de todo el país percibirán el salario compensatorio correspondiente hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) por empleado hasta diciembre de 2020. Se tomará como referencia el salario del mes de febrero de 2020 y el pago se realizará a través de la ANSeS, directamente en la cuenta bancaria del empleado. Los requisitos son: Realizar actividades económicas afectadas en forma crítica o tener una cantidad relevante de empleados contagiados por el Covid-19, en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al Covid-19. Pertenecer a un sector que todavía no fue habilitado a funcionar, de acuerdo a la situación epidemiológica de cada provincia.

Tener una facturación menor que la de junio 2019. En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente a diciembre de 2019 para realizar la comparación. En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad durante el 2020, se las considerará afectadas de forma crítica debido a su reciente creación, dando por cumplidos los requisitos exigidos para ser beneficiarias de la medida. El beneficio no será válido para aquellos empleados que cobren más de $140 mil brutos.

3) Créditos para empresas: será para las empresas que empiezan a recuperarse y se destinarán al pago de salarios. Serán otorgados con garantía del Estado a través del FoGAR y del FONDEP. Tendrán tres meses de gracia y se devolverán en 12 cuotas fijas. El monto se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 Salario Mínimo Vital y Móvil ($20.250) por cada empleado de la empresa que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo del 2020. El interés se determinará de la siguiente manera: a) Empresas con facturación entre 0% y 10% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa 0%; b) Empresas con facturación entre 11% y 20% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa del 7,5%; c) Empresas con facturación entre 21% y 30% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa del 15%.

4) Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos: Se extendió el plazo para solicitar el crédito hasta el 31 de julio. El monto máximo es de 150 mil pesos y no podrá superar el 25% del límite superior de ingresos brutos que corresponda a cada categoría de Monotributistas o Autónomos. Se acredita como saldo en la tarjeta de crédito, en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. En cada una de las tres cuotas, el monotributista o autónomo va a recibir el monto equivalente a lo que debe abonar mensualmente por el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o de los aportes previsionales obligatorios del régimen de autónomos. Se puede devolver en un mínimo de 12 cuotas y un máximo de 18 cuotas fijas sin interés, con 6 meses de gracia. Está prohibido comprar moneda extranjera o hacer adelantos en efectivo con el monto otorgado. Los monotributistas o autónomos cuya actividad esté vinculada a la cultura tendrán un período de gracia más amplio que el resto, de 12 meses. Requisitos: a) No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal; 2) No recibir ingresos por un trabajo en relación de dependencia; c) No ser jubilado; d) Encontrarse en situación crediticia 1 o 2; e) En el caso de los monotributistas, el monto facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril por el solicitante no puede ser superior al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de su categoría. Para los monotributistas categoría A, el monto facturado en dicho periodo no puede ser superior a 10 mil pesos; f) En el caso de los trabajadores autónomos, no deben integrar el directorio de sociedades comerciales. Si no realizan aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, deben estar afiliados a cajas profesionales provinciales. Además, su facturación entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020 no debe haber crecido más del 5% con respecto al mismo período del año pasado;

Para los trabajadores autónomos que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente al período del 20 de noviembre al 20 diciembre de 2019 para realizar la comparación. Para aquellos que hayan iniciado sus actividades durante el 2020, se dará por cumplido este requisito por considerarlos afectados de forma crítica.

5) Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de los aportes patronales que correspondan al mes de junio de 2020. Para empleadores que tengan como actividad principal declarada alguna de las afectadas en forma crítica por la pandemia y para quienes la desarrollen en lugares con Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). Para las Pymes el porcentaje del SIPA es del 10,77% y las demás empresas pagan 12,35%.

6) Sistema integral de prestaciones por desempleo: Se elevó el monto de las prestaciones económicas por desempleo y será entre 6.000 y 10.000 pesos. Podrán acceder las personas que cumplan las condiciones establecidas que exige el régimen.

Financiamiento con deuda interna:

  • Por “antropología económica cada país sale de sus crisis siempre de la misma forma, aplicando lo que su historia dice. En la crisis del 2001, la idiosincrasia de los agentes económicos, que comenzaron con el trueque, con la emisión de títulos provinciales, que también se trasladaron a la nación con las LE.C.O.P, ayudó a empujar el carro que estaba empantanado de la economía.
  • A partir de la aparición de las conocidas como cuasimonedas, creadas por los Poderes Ejecutivo, Nacional y Provinciales, fueron utilizados por los que los recibían para los consumos de bienes y servicios y posteriormente por los contribuyentes para la cancelación de distintas obligaciones tributarias nacionales y provinciales. Los títulos nacionales (LE.C.O.P) fueron creados a través del decreto 1004 del 2001, sirviendo a valor nominal para utilizar en: a) La cancelación definitiva de obligaciones tributarias nacionales y b) El pago de impuestos locales en las condiciones que determine cada jurisdicción. En Buenos Aires, se emitieron los títulos llamados “Patacones .

A los efectos impositivos se consideran “pagos en especie , que fueron aceptados por la ley antievasión como medio de pago autorizado, sin ser impugnados por la AFIP.

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