AFIP: la inestabilidad en los planes de facilidades no ayuda al cumplimiento voluntario

En muy poco tiempo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cambió varias veces las reglas de juego en una cuestión fundamental para épocas tan difíciles como la que se están viviendo: los planes de facilidades de pago de deudas impositivas. O sea, la forma que se le ofrece al contribuyente que quiere cumplir con sus obligaciones pero no puede porque tiene dificultades financieras y no consigue asistencia que los bancos le tendrían que brindar.

En febrero, el organismo oficializó, mediante RG 3827 lo que se llamó Plan de Pagos Permanente para Deudas Impositivas y de la Seguridad Social, que empezó a regir tanto para empresas como para Autónomos y Monotributistas. Como veremos, de “permanente tuvo poco.

Se podían financiar hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y Monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección. Para los aportes de trabajadores en relación de dependencia se otorgaban hasta tres cuotas. La financiación sería a tasa fija, pero la inicial se actualizaría mes a mes con valores de marcado, tomando como referente la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos para pequeños contribuyentes con ingresos hasta $ 91 millones anuales, y más 6 puntos para quienes tuvieran una facturación superior. La tasa se actualizaría el 20 de cada mes, por lo que si un ciudadano se adhería al plan el 8 de abril, debía tomar como referencia la tasa del 20 de marzo, por ejemplo.

El régimen comprendía la cancelación total o parcial de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses, actualizaciones y multas y de las multas impuestas y cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones así como sus intereses y actualizaciones. También alcanzaba, entre otros, a “los saldos pendientes por obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos ; “los aportes personales de los trabajadores autónomos ; los aportes al régimen jubilatorio; el Monotributo; los ajustes por fiscalizaciones de la AFIP; las deudas “en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desistiese o se allanara  incondicionalmente . Quedaban excluidos los ciudadanos imputados penalmente.

Pasado poco tiempo, mediante RG 3837, se dispuso un cambio: a partir del 1º de abril las deudas por obligaciones impositivas cuyos vencimientos operasen en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, solo podrán cancelarse en hasta tres cuotas.

A pocos días del vencimiento, el contribuyente individual de Ganancias y Bienes Personales con dificultades financieras pero con voluntad de pago, se enteraba que ya no tendría seis cuotas para pagar, sino tres.

También se dispuso que idéntico tratamiento sería aplicado para la obligación de IVA con vencimiento en marzo de 2016. Esto quiere decir que, durante abril, la obligación podría ser incorporada en Mis Facilidades pero se debería cancelar en un máximo de 3 cuotas, teniendo en cuenta que el vencimiento de la obligación operó en el mes anterior a la solicitud de adhesión (marzo).

Hubo otros cambios: se excluyeron a las obligaciones correspondientes a los sujetos denunciados penalmente por la AFIP. Originalmente no podían adherir los sujetos que hubieran sido imputados penalmente. Y se elevó la tasa de interés para aquellos sujetos que regularizasen deudas vencidas en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior. Es decir, que quienes quieran regularizar una deuda vencida en el mes presente o vencida en el mes anterior, pagarán un interés del 2,65% mensual para quienes tengan ingresos anuales de hasta $ 91 millones inclusive y del 2,93% mensual para quienes tengan una facturación superior.

Se dispuso también que, en adelante, los contribuyentes no podrían solicitar una nueva adhesión al “Plan de Pagos Permanente cuando existiesen, en forma concurrente, dos planes de facilidades correspondientes a las siguientes obligaciones: Deuda impositiva y de los recursos de la seguridad social en gestión administrativa y deuda en gestión judicial (obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social).  

A los pocos días hubo un nuevo cambio, ya que, “en el marco de su política de asistir a los ciudadanos en el cumplimiento de sus obligaciones , a partir del mes de mayo, los pequeños contribuyentes sí podrán mantener cuatro planes de facilidades vigentes (RG 3870).

Quizás demasiada inestabilidad para un régimen que se pretende permanente.

Temas relacionados
Más noticias de AFIP
Noticias de tu interés