Revés judicial para Desarrollo Social

El ministerio de Carolina Stanley deberá restituir las pensiones no contributivas por invalidez a las personas con discapacidad.

El Juzgado Federal de primera instancia de la Seguridad Social N°8 falló contra el Poder Ejecutivo Nacional, que deberá restituir fondos por un reclamo que comenzó el año pasado. En enero de 2017, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación dejó de depositar los haberes provisionales de las pensiones no contributivas de las personas con discapacidad.

La Asociación Redi (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) presentó ante la Justicia una acción de amparo colectiva. Luego se acumuló el reclamo del Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y un reclamo privado, a nombre de Irene Gadea. Se estima que son alrededor de 200.000 las pensiones que se vieron afectadas por esta decisión del Gobierno en 2017.

El fallo está firmado por la jueza federal Adriana Cammarata y admite la acción de amparo colectiva. De esta forma, ordena el cese de la omisión del depósito de los haberes de estas pensiones. En esta línea, la jueza explica que este accionar resulta “lesivo, con arbitrariedad e ilegitimidad manifiestas, de los derechos y garantías contemplados en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional .

En términos concretos, el fallo condena al Ministerio de Salud y Desarrollo Social a restituir el goce de las prestaciones no contributivas por invalidez otorgadas a personas con discapacidad y le da un plazo de diez días. Si no lo cumple, la sanción prevista es de $ 300 por cada día de demora por cada beneficiario. Se excluye igualmente de la condena a aquellas personas que hayan renunciado a sus beneficios.

De esta forma, si el ministerio comandado por Carolina Stanley no cumple con el fallo tendrá un apercibimiento de alrededor de $ 60 millones por día.

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